AM WIRELESS URUGUAY S.A (en adelante “los Organizadores”) con domicilio en San Martin No. 2460, Ciudad de Montevideo desarrollará un entretenimiento que se denominará “Sorteo con Huawei”, que tendrá vigencia desde el 1 al 30 de junio de 2020 (“Plazo de Vigencia”) que se regirá por estas Bases y Condiciones (en adelante las “Bases”). 

Bases y Condiciones de la participación. 


1. Conocimiento y Aceptación de las bases. 

Las personas intervinientes en la promoción por su sola participación declaran conocer, y aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas bases y condiciones. 


2. Quiénes pueden participar. Exclusiones. 

Sólo pueden participar de esta promoción las personas físicas capaces, clientes Claro pospagos y prepagos masivos residentes en todo el territorio de la República Oriental del Uruguay que cumplan con los términos y condiciones establecidos en estas bases (los “Participantes”). 

Cualquier conducta que se considere abusiva o fraudulenta dará lugar a la descalificación y anulación del participante correspondiente. Al momento del sorteo el cliente no debe poseer deuda con CLARO. 


3. Condiciones y Modo de Participación. 

Dinámica: Los clientes que compren un equipo Huawei de la línea P30 series (P30 Lite; P30; P30 Pro), Y6 2019, Y7 2019 o Huawei P Smart.  Durante el período de la promoción participan de sorteos independientes de 10 unidades de Parlantes CM510, 20 Bandas 4e, 15 bandas 4. La compra del equipo puede ser en cualquier local de Claro, agentes oficiales y web. 

El Organizador se reserva el derecho de verificar la autenticidad de los datos. La falta de veracidad de cualquiera de los datos solicitados, habilitará al Organizador a la exclusión inmediata del Participante, sin que ello le otorgue derecho alguno a cualquier tipo de reclamo. 


4. Premio 

Se sortearán 10 Parlantes CM510; 20 Bandas 4e y 15 Bandas 4. La fecha del sorteo será el 6 de julio de 2020.


5. Responsabilidad. 

El Organizador no asume responsabilidad alguna y por lo tanto no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de o con relación a su participación de esta promoción o con relación a su participación. 


6. El Ganador 

El día 5 de junio de 2020 se procederá al sorteo ante escribano público. Se obtendrán 45 ganadores titulares y 5 suplentes. Seguidamente, ese mismo día, los ganadores serán contactados vía telefónica para ultimar detalles en cuanto a la entrega del premio, se tendrá 48 horas para presentarse a retirar el premio. En caso de no presentarse serán contactados los suplentes en su orden de prelación. El contacto será mediante 3 (tres) comunicaciones telefónicas seguidas, en caso de no contestar al mismo, se proseguirá con la lista de suplentes de igual forma. En caso que no se obtenga ningún contacto con el ganador el premio se declarará vacante y quedará en poder de CLARO. 


7. Asignación y Entrega del Premio. 

Los participantes que resulten ganadores serán informados a las 24 horas hábiles del sorteo. La asignación del Premio quedará condicionada a que los Potenciales Ganadores cumplan con los siguientes requisitos: a) Se comuniquen para reclamar la coordinación de su premio en el tiempo estipulado previamente, b) Envíen sus datos personales por mensaje privado: nombre completo, fecha de nacimiento, número de Cédula de Identidad y número de teléfono fjio o celular, c) Exhiban el día del evento su Cédula de Identidad original, vigente y en buen estado, d) Firmen un documento proporcionado por el Organizador y/o por quien éste designe a tal fin donde conste la entrega del premio, y e) Cumplir con todas las obligaciones establecidas en del presente Reglamento. 

La falta de presentación o su no cumplimiento con la presentación de la documentación descrita en el punto c) del presente numeral, en tiempo y forma, provocará automáticamente, sin necesidad de previa interpelación alguna, la pérdida de su derecho a la asignación del premio. Tampoco tendrá derecho a reclamar compensación o indemnización alguna. 

Cumplidos todos los requisitos establecidos en las Bases, la coordinación del Premio será inmediatamente realizada por el Organizador y su Potencial Ganador. La entrega del Premio puesto en juego en la promoción es exclusiva responsabilidad del Organizador. El premio no podrá ser cambiado ni reemplazado por otra u otras cosas, por servicios ni por dinero en efectivo. 


8. Autorizaciones. Datos Personales. Ley 18.331. 

Por su sola participación, los participantes autorizan al Organizador, como condición para la participación en la promoción y para la asignación del premio, a utilizar sus imágenes, voces y/o los datos obtenidos, para su utilización con fines comerciales, sin derecho a indemnización o compensación alguna. A este último efecto autorizan al Organizador a que les tomen fotografías y filmaciones, y a que graben sus voces. 

Asimismo, la participación en la promoción importará la expresa autorización al Organizador para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de las imágenes y voces de los participantes, en todos y cualesquiera medios de comunicación conocidos o por conocerse (incluyendo – sin limitación – gráficos, visuales, audiovisuales, televisión por aire, antena, cable o satélite, radio e Internet) con fines comerciales o con cualquier otra finalidad durante el Plazo de Vigencia y por un plazo de 18 meses, sin que el participante tenga derecho a reclamo de indemnización o compensación alguna. Los participantes garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción o puesta en el comercio de su imagen, voz y datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne al Organizador respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceros. 

Los participantes renuncian a cualquier reclamo que pudieran efectuar por la disminución de sus ingresos o cualquier otro daño o perjuicio que se les pudiera derivar de su participación en la promoción o por la cesión de sus derechos de imagen objeto del punto precedente de estas Bases. 

La Unidad Reguladora de Control de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 18.331 tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. 


9. Facultades del Organizador. 

El Organizador podrá suspender definitiva o transitoriamente la realización de la promoción, como así también podrá introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a sus condiciones y características, previa notificación a los Participantes, y previa autorización de las autoridades competentes, en su caso, y sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los participantes. 


10. Jurisdicción. 

Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la organización de la promoción y de la participación en la misma, los participantes y el Organizador se someterán a los tribunales ordinarios de la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay. 


11. Consulta de Bases. 

Las Bases podrán ser consultadas en Constituyente 1467 oficina 211 de la Ciudad de Montevideo.